lunes, agosto 16, 2004

REHUSA CONSEJO MUNICIPAL DEL IEV EN BOCA DEL RIO RETIRAR PROPAGANDA

El Consejo Municipal Electoral de Boca del Río, dependiente del Instituto Electoral Veracruzano, nuevamente relegó toda responsabilidad al Ayuntamiento boqueño del retiro de la propaganda colocada en las vialidades turísticas violando el acuerdo de cabildo que prohibía dicha acción.

Como se informó en la edición de ayer en Diario AZ, la publicidad política colocada en diversos puntos de las vialidades de la zona turística continúa en los lugares prohibidos por el acuerdo que aprobó el pleno del cabildo de Boca del Río, y que corroboraron los representantes de los partidos políticos.

A pesar de haber sido instados una vez más para que liberaran el equipamiento urbano de sus afiches, las instituciones políticas continúan sin hacerlo, toda vez que la propaganda seguía colgada hasta la tarde de este lunes.

Este sábado, y a dos horas de que venciera el nuevo plazo impuesto a los partidos políticos, el titular del Consejo Municipal del IEV, Ramón Tirado Morales dirigió un oficio al Secretario del Ayuntamiento, Julio César Díaz Hernández, donde le solicita al gobierno municipal «tomar las medidas pertinentes que es su caso considere, remitiendo a este Consejo Municipal un informe de lo actuado».

Lo anterior, pese a que los gobiernos no están facultados para el retiro de publicidad electoral si no es en presencia y por petición de las autoridades electorales.

Tirado Morales, el pasado viernes 13 de agosto, había declinado a participar en el retiro de la propaganda aduciendo que ellos podían hacerlo hasta tres días antes de las elecciones, y que era responsabilidad del gobierno municipal el desmontar los promocionales actualmente colocados, «porque ellos son los que aprobaron su acuerdo, ellos son los que marcaron los lineamientos, entonces a ellos corresponde hacerlos cumplir», explicó en esa ocasión.

Para ello, se basó en el Artículo 114, que dice: «Las autoridades estatales y municipales están obligadas a proporcionar a los organismos electorales, a petición de los Presidentes respectivos, los informes, las certificaciones y, en su caso, el auxilio de la fuerza pública, para el cumplimiento de sus funciones y resoluciones.»